Condiciones Generales

 

CONDICIONES GENERALES

 

1. Regulación jurídica aplicable

Las presentes Condiciones Generales están sujetas a lo dispuesto en la Ley 21/1995, de 6 de julio de Viajes Combinados (B.O.E. 7-7-1995), la Ley 7/1998, de 13 de abril, sobre Condiciones Generales de Contratación (14-4-98) y en la Ley 26/1984, de 19 de julio, General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (B.O.E. 24-7-84) y demás disposiciones vigentes. Las partes se someten, a su elección, para la resolución de los conflictos y con renuncia a cualquier otro fuero, a los juzgados y tribunales del domicilio del usuario.

2. Organización

La organización de los viajes ofrecidos en esta web ha sido realizada bajo la marca VIAJES NAKARA, por la agencia de viajes minorista NAKARA TRAVEL S.L.  CIF – B75168070  CIE  2414, con domicilio social en Camino Portuetxe 53A, Oficina 103, 20018 San Sebastián.

3. Condiciones del contrato

Los viajes de esta web señalan precios globales. Las condiciones particulares de cada uno de ellos en cuanto a fechas, ruta, servicios, etc. están detalladas en las respectivas RUTAS DETALLADAS que se entregan a cada cliente. Éstas junto con el contrato de viaje combinado actúan como contrato entre las partes.

4. Inscripciones

En el momento de realizar la inscripción se depositará el 40% del precio total del viaje. La reserva de plaza no se considerará en firme hasta que no se haya hecho el depósito. El resto del pago se realizará al menos treinta días antes de la salida considerándose en caso contrario la reserva y la plaza anulada.

5. Modificaciones

La Agencia organizadora se compromete a facilitar la totalidad de los servicios contratados. Sólo estará eximida de esta obligación por causa de fuerza mayor o por causas calificadas de «suficientes» por las normas reguladoras de las agencias de viajes.

Se considerará causa suficiente para la anulación el no alcanzar el grupo mínimo señalado en el programa y siempre que la anulación se realice al menos con diez días de antelación a la fecha de salida. En este caso el viajer@ tiene derecho al reembolso total de las cantidades abonadas, sin derecho a cualquier otra reclamación. Si las causas de fuerza mayor o «suficientes» que impiden el cumplimiento del viaje programado sobrevienen después de su inicio, la agencia proporcionará a los clientes el regreso hasta el punto de origen y les devolverá las cantidades que proporcionalmente les correspondan.

6. Anulaciones

En caso de que el viajer@, una vez formalizada la reserva o aceptadas las posibles modificaciones, desista de realizar el viaje, estará en la obligación de abonar a la agencia, en concepto de penalización, las siguientes cantidades:

.Entre 30 y 15 días antes de la salida el 5% del precio total del viaje.

.Entre 15 y 11 días antes de la salida el 10% del precio total del viaje

. Entre 10 y 3 días antes de la salida el 15% del precio total del viaje.

. En las 48 horas anteriores a la salida el 25% del precio total del viaje.

. En caso de no presentación a la salida el 100% del precio total del viaje.

Además de estas penalizaciones el cliente deberá abonar en caso de anulación los gastos derivados de la anulación y de la gestión, si los hubiere y están justificados.

En el caso de servicios sueltos: La totalidad de los gastos de gestión, más los gastos de anulación, si se hubieran producido estos últimos.

7. Precios

El precio del viaje combinado incluye:

  1. El transporte de ida y regreso, cuando este servicio esté incluido en el programa/oferta contratado, con el tipo de transporte, características y categoría que conste en el contrato o en la documentación que se entregue al viajer@ en el momento de suscribirlo.
  1. El alojamiento, cuando este servicio esté incluido en el programa/oferta contratado, en el establecimiento y con el régimen alimenticio que figura en el contrato o en la documentación que se entrega al viajer@ en el momento de suscribirlo.
  1. Las tasas o impuestos de los establecimientos hoteleros y los impuestos indirectos- Impuestos sobre el Valor Añadido (I.V.A.)- cuando sean aplicables.
  1. La asistencia técnica durante el viaje, cuando este servicio esté específicamente incluido en el programa/oferta contratado.
  1. Todos los demás servicios y complementos que se especifiquen concretamente en el programa/oferta contratado o que expresamente se haga constar en el contrato de viaje combinado.

Ofertas especiales

Cuando se realice la contratación del viaje combinado como consecuencia de ofertas especiales, de última hora o equivalentes, a precio distinto del expresado en el programa, los servicios comprendidos en el precio son únicamente aquellos que se especifican detalladamente en la oferta, aún cuando, dicha oferta haga referencia a alguno de los programas descritos en este folleto, siempre que dicha remisión se realice a los exclusivos efectos de información general del destino.

Los precios del viaje combinado están basados en tarifas y cambios de moneda vigentes a fecha de 11 de junio de 2008. En caso de modificación de los mismos la agencia se reserva el derecho a modificar los precios de venta. En este caso el viajer@ tendrá el derecho de aceptar o renunciar las nuevas condiciones, reembolsando la agencia las cantidades abonadas a cuenta en el caso de renuncia. En ningún caso la agencia podrá modificar los precios cuando falten 15 días o menos para la salida del viaje.

Exclusiones

El precio del viaje combinado no incluye salvo manifestación en contrario en la RUTA DETALLADA o en el contrato de viaje combinado específico:

  1. a) Visados, tasas y cargo de emisión de billete, tasas de aeropuerto y/o tasas de entrada y salida, certificados de vacunación, «extras» tales como cafés, vinos, licores , aguas minerales, regímenes alimenticios especiales – ni siquiera en los supuestos de pensión completa o media pensión, salvo que expresamente se pacte en el contrato otra cosa -, lavado y planchado de ropa, servicios de hotel opcionales, y, en general, cualquier otro servicio que no figure expresamente en el apartado «El precio del viaje combinado incluye» o no conste específicamente detallado en el programa/oferta, en el contrato o en la documentación que se entrega al viajer@
  1. b) Excursiones o visitas facultativas

En el caso de excursiones o visitas facultativas no contratadas en origen, debe tenerse presente que no forman parte del contrato de viaje combinado. Si se publicación aparece en la página web tiene el mero carácter informativo y el precio está expresado con el indicativo de «estimado». Por ello en el momento de contratarse en el lugar de destino, pueden producirse variaciones sobre sus costos, que alteren el precio estimado.

Por otra parte, dichas excursiones serán ofrecidas al viajer@ con sus condiciones específicas y precio definitivo de forma independiente, no garantizándose hasta el momento de su contratación la posible realización de las mismas.

  1. c) Viajes de nieve

En los viajes de nieve, salvo indicación en contrario en el programa, no estarán incluidos los remontes y cursillos de esquí.

  1. d) Propinas

Dentro del precio del viaje combinado no están incluidas las propinas.

En el caso de los cruceros, en el precio del viaje no está incluida una aportación complementaria que usualmente, aunque de forma errónea, suele denominarse propina, cuyo importe está en función de la duración del viaje y que tiene como único destinatario al personal del servicio, respecto de la cual al inicio del viaje se advierte al cliente que debe asumir el compromiso de entregar a la finalización del viaje.

8. Documentación

Todas las personas que participen en viajes ofrecidos en esta página web tienen la obligación de llevar en regla la documentación necesaria para cada destino. Si alguna autoridad deniega la obtención del visado o impide la entrada al país por causas imputables al viajer@, la agencia declina toda responsabilidad, aplicándose en estas circunstancias las condiciones y normas aplicables al desistimiento voluntario. La agencia gestionará los visados de los viajes que estén específicamente incluidos en la RUTA DETALLADA, pero no acepta ningún tipo de responsabilidad por las eventuales incidencias que se deriven de su gestión.

9. Responsabilidades

Cuando el viajer@ aprecie «in situ» la no ejecución o mala ejecución de los servicios contratados integrantes del viaje, deberá notificarlo inmediatamente y por escrito al prestador de los mismos y en el plazo de 48 horas a la agencia, a fin de que ésta tome las medidas pertinentes. En ningún caso la Agencia se responsabiliza de los gastos de alojamiento, manutención, transporte y otros que se originen a consecuencia de retrasos en salidas o regresos de vuelos por causas ajenas a su voluntad, ya sean meteorológicas, huelgas, técnicas etc.

No existirá responsabilidad alguna por parte de la Agencia en la no ejecución o mala ejecución de los servicios objetos del contrato y de los daños sufridos por el viajer@ por esta causa, cuando concurran algunas de las siguientes circunstancias:

 

  1. a) Las faltas observadas en la ejecución del contrato sean imputables al viajer@.
  1. b) Las susodichas faltas sean imputables a un tercero, ajeno al suministro de las prestaciones previstas en el Contrato y tengan un carácter imprevisible o insupera
  1. c) Que las susodichas faltas se produzcan por un caso de fuerza mayor o «suficiente», es decir, circunstancias ajenas a quien las invoca, anormales o imprevisibles, cuyas consecuencias no hubieran podido evitarse pese a toda la diligencia usada.

Cuando el viaje se efectúe en autocares, en caso de accidente, cualquiera que sea el país en que se produzca, el viajer@ se somete expresamente a la legislación en materia de accidentes por carretera de la nación en que se halle matriculado el vehículo, pudiendo acogerse en cuanto a daños personales al seguro del mismo y sus eventuales indemnizaciones.

En el caso de que las soluciones arbitradas por la Agencia no sean satisfactorias para el viajer@, éste dispondrá del plazo de 1 mes para reclamar ante la Agencia, siempre a través de aquella. La Agencia dispondrá de 2 meses para dar respuesta a la reclamación planteada por el viajer@, plazo que comenzará a contarse a partir del día siguiente a la presentación de la reclamación ante la Agencia.

10. Prescripción de acciones

No obstante lo dispuesto en el apartado precedente, el plazo de prescripción de los derechos reconocidos en la Ley 21/1995 de 6 de Julio, Reguladora de los Viajes Combinados (B.O.E. 7-7-95) será de dos años, según establece el artículo 13 de dicha Ley.

11. Límites del resarcimiento por daños

En cuanto al límite del resarcimiento por los daños que resulten del incumplimiento o de la mala ejecución de las prestaciones incluidas en el viaje combinado, se estará a lo dispuesto en los Convenios Internacionales sobre la materia.